AYUNTAMIENTOS DESATIENDEN NORMATIVIDAD PARA INTEGRAR ORGANISMOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA
19/11/2015

 

Únicamente el ayuntamiento de Aquismón turnó oportunamente al Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC) su propuesta metodológica para la renovación de los organismos de participación ciudadana, como lo mandata la Ley Orgánica del Municipio Libre de San Luis Potosí para todos los ayuntamientos, informó el consejero Martín Faz Mora, presidente de la Comisión de Capacitación Electoral, Educación Cívica y Cultura Política del organismo.

 

El consejero electoral manifestó que en total 10 ayuntamientos tuvieron comunicaciones diversas con el CEEPAC respecto a su intención de llevar a cabo la renovación de organismos como los consejos de desarrollo municipal y juntas de mejoras, entre otros, pero sólo Aquismón cumplió oportunamente con lo señalado por el artículo 102 TER de la Ley mencionada.

 

Los nueve restantes sólo se comunicaron con el organismo electoral para explorar la posibilidad de colaboración, o bien algunos solicitaron una opinión técnica cuando tales procesos ya habían dado formal inicio con la aprobación de los Cabildos, siendo que lo procedente habría sido, conforme lo establece la ley, turnar con la debida antelación la propuesta metodológica para que el CEEPAC emitiera una opinión técnica para luego dar inicio a los correspondientes procesos de renovación mediante le emisión de las convocatorias respectivas.

 

Con esto, aquellos ayuntamientos que llevaron a cabo tales procedimientos han incumplido con lo establecido en la Ley Orgánica del Municipio Libre de San Luis Potosí respecto de los procesos de integración y renovación de los organismos de participación ciudadana. Otros más han contravenido también la Ley para la Administración de las Aportaciones Transferidas al estado y municipios de San Luis Potosí, en sus artículos 66 y 67, respecto del plazo y forma para la integración de los consejos de desarrollo social municipales. Desafortunadamente en semanas recientes una propuesta de iniciativa presentada por el grupo parlamentario de Movimiento Ciudadano para reformar diversas disposiciones de la ley para ampliar tan apremiante plazo, no encontró el suficiente respaldo en la LXI Legislatura.

 

Los consejos de desarrollo municipal se integran, tanto por diversas autoridades municipales como por los representantes sociales comunitarios de los barrios, colonias populares, comunidades y ejidos, quienes deben ser electos en asambleas democráticas durante la primera semana del segundo mes de ejercicio de los ayuntamientos, esto es durante la primera semana del mes de noviembre.

 

Para ello, los presidentes municipales, por acuerdo de cabildo, debieron expedir la convocatoria cuando menos siete días antes de la elección, es decir, a más tardar el último día del mes de octubre, siempre y cuando hayan enviado el CEEPAC la propuesta metodológica correspondiente.

 

A partir de la conclusión del proceso comicial 2014-2015, el organismo electoral local busca impulsar la formación de ciudadanía activa e integral que conozca y ejerza de los valores,  principios y derechos democráticos, así como velar por que los diversos mecanismos de participación ciudadana en la entidad se realicen en apego a su respectiva normatividad.

 

 


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