ENTREGA CEEPAC PROPUESTAS DE MODIFICACIONES EN MATERIA ELECTORAL
03/04/2014

El Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC) entregó formalmente al Congreso del Estado sus observaciones a la legislación electoral en la entidad federativa, de las que se desprenden propuestas de modificaciones a la Constitución Política, la Ley Electoral y Ley del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

El documento lo entregaron el consejero presidente y consejeros del CEEPAC a la LX Legislatura, en el marco de la mesa de análisis para la reforma electoral celebrada ayer en las instalaciones del Congreso del Estado.

El CEEPAC está proponiendo que se modifique el procedimiento para la distritación electoral, y se permita fraccionar municipios en la integración de los distritos; lo anterior en espera de las disposiciones que en la materia sean incluidas en la ley general respectiva, en virtud de que dicha facultad ahora se encuentra a cargo del Instituto Nacional Electoral.

El organismo electoral también está proponiendo la derogación de la figura de candidatura común, sustituyéndola en su configuración por la coalición, la cual ahora, por disposición constitucional, deberá ser regulada de manera uniforme, diferenciándose entre coaliciones totales, parciales y flexibles.

En el mismo tema, el CEEPAC propone se derogue la posibilidad de transferir votos entre los partidos que participan en las coaliciones, al haber sido declarada inconstitucional tal situación por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Respecto del proceso electoral, se propone la modificación de las fechas de las etapas del proceso con motivo del adelanto de la jornada electoral al mes de junio, recorriéndose por consecuencia los plazos para las campañas, para el registro de candidatos y para las precampañas, así como para el procedimiento de selección de candidatos independientes.

En cuanto a la propia autoridad electoral, se proponen modificaciones para adecuarla a su nueva naturaleza jurídica, se recompone su órgano de gobierno, modificando la naturaleza de los propios consejeros, pasando de ser ciudadanos, a ser electorales y de tiempo completo; desaparece la figura de la Secretaría de Actas, descansando sus funciones en la Secretaría Ejecutiva; se establece la figura de la Oficialía Electoral para la investigación de hechos o conductas infractoras de las disposiciones electorales; se propone una fórmula para la obtención del presupuesto de la autoridad electoral; se hacen las adecuaciones con referencia al ahora Servicio Profesional Electoral Nacional y las competencias que en esta materia tendrán el Instituto Nacional Electoral y el órgano electoral local.

En el documento presentado, el Consejo trató de adecuar las disposiciones de la Constitución Política del Estado y de la Ley Electoral, a los preceptos ahora previstos en la materia por la Constitución federal, mismos que constituyen verdaderos cambios en el sistema electoral mexicano, en el entendido de que una vez que sean emitidas las leyes generales en materia electoral ordenadas por la reforma político electoral, deberán efectuarse las adecuaciones a la legislación local para garantizar el contenido de estas últimas.


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