TRES CIUDADANOS PODRÁN REGISTRARSE COMO CANDIDATOS INDEPENDIENTES
18/03/2015

Obtienen respaldo ciudadano en Cárdenas, Ébano y Ciudad del Maíz.

El Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana determinó que tres aspirantes a candidatos independientes obtuvieron el derecho a registrarse como candidatos a presidentes municipales, luego de haber cumplido con el requisito de obtener respaldo ciudadano correspondiente al 2% de la Lista Nominal de Electores de los municipios respectivos.

Los ciudadanos que podrán registrarse para competir en la elección de ayuntamientos son Florencio Arechar Castrellón, como candidato independiente a presidente municipal de Cárdenas; María del Carmen Flores Gonzáles como candidata a presidenta municipal de Ébano, y Ramiro Martínez Aguilar para la presidencia municipal de Ciudad del Maíz.

En el caso particular del ciudadano Ramiro Martínez Aguilar, quien si bien falleció el 05 de marzo del año en curso y, ante la solicitud de sustitución del aspirante presentada por Said López de Olmos Salazar y Daniel Gerardo Cabrera Medina, representantes legal y financiero del aspirante, el organismo electoral determinó la procedencia de la sustitución según lo establecido en el artículo 313 de la Ley Electoral, aplicado de forma supletoria de conformidad con los artículos 8 y 224 de la Ley Electoral del Estado.

Así, la representación legal ante el CEEPAC del aspirante fallecido podrá presentar en tiempo y forma la solicitud de registro y documentación correspondiente ante el Comité Municipal Electoral de Ciudad del Maíz o el Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana (CEEPAC).

Ante el hecho de que la Ley Electoral no establece ningún proceder respecto de la posibilidad del deceso de aspirantes a candidatos independientes en la etapa previa al registro de las candidaturas, en atención al artículo 224, que señala que “En lo no previsto en este Título para los candidatos independientes se aplicarán, en forma supletoria, las disposiciones establecidas en esta Ley para los candidatos de partidos políticos”, el Pleno del CEEPAC aprobó por mayoría de votos otorgar la posibilidad de sustitución del aspirante fallecido.

En el mismo tema de candidaturas independientes, el CEEPAC determinó que cinco aspirantes más no obtuvieron el derecho a registrarse como candidatos independientes a presidentes municipales, en razón de que no cumplieron con el requisito de obtención de respaldo ciudadano.

Dichos ciudadanos son: Gerardo Martínez Gaviño, Cirilo Juárez Rodríguez, Abraham Rivera Hernández y Rafael Aguilar Fuentes, que aspiraban a la candidatura independiente para la elección de ayuntamiento de San Luis Potosí, y Juan José Becerra Rivas para la alcaldía de Salinas.

En otros puntos, las consejeras y consejeros aprobaron por unanimidad el registro de convenios de distintas alianzas partidarias para la elección de diputados por el principio de mayoría relativa.

Para los distritos I, III, IV, VIII, XI y XIII, se declaró procedente la alianza entre los partidos Revolucionario Institucional (PRI) y Verde Ecologista de México (PVEM).

También se declaró procedente la participación en alianza entre los partidos de la Revolución Democrática (PRD) y del Trabajo (PT) en los distritos II, IV y XIV.

Para los distritos II, X y XIV se aprobó la alianza entre el Partido Revolucionario Institucional (PRI), Partido Verde Ecologista de México (PVEM) y Partido Nueva Alianza (PNA).

Para los distritos XI y XII la alianza entre los partidos Acción Nacional (PAN) y del Trabajo (PT), y finalmente para el distrito XV la conformada por los partidos de la Revolución Democrática (PRD), del Trabajo (PT) y Conciencia Popular (PCP).


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